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martes, 25 de octubre de 2011

RECIBIDO Y PUBLICADO

Con motivo de las elecciones municipales convocadas para el 30 de octubre del cte año y en oportunidad de participar en las elecciones del 7 y 14 de agosto, algunos fiscales detectamos que votaban individuos que no eran ciudadanos de Nono, siendo personas reconocidas, también conocíamos su domicilio real. Teniendo en cuenta que una elección se gana o se pierde por 1 voto, nos parece muy injusto que sean personas de otras localidades, que no tributan ni sufren las consecuencias de los malos manejos del dinero del pueblo, los que decidan quiénes van a gobernar nuestros destinos como ciudadanos. Surge así la necesidad de comenzar una investigación del padrón, los datos resultaron muy elocuentes, encontramos varias irregularidades. Por ejemplo electores que aparecen sin indicar qué tipo de documento deberían presentar al momento de votar (DNI, LC, LE, ECT.)


Hay casos con varios votantes compartiendo el mismo domicilio, casas comunes para familias tipo. Por ejemplo Gral. Paz 80, oh casualidad!, la misma dirección del intendente y su hijo. Otros, nos enteramos que estaríamos compartiendo nuestros propios domicilios con personas que nunca conocimos. Hay varios casos sin indicar domicilio, y hasta aparecen direcciones como intersecciones de calles que son paralelas. Ante tales descubrimientos, decidimos presentar denuncia ante la Junta Electoral Municipal, en tiempo y forma según los plazos por la misma previstos, quienes luego de cotejar las pruebas que presentamos, tomaron las medidas que creyeron pertinentes para garantizar a la ciudadanía de Nono el derecho que únicamente a ellos les compete, como es el de elegir y ser elegidos. La J E M procedió así a realizar la depuración del padrón, según lo establece el artículo 136 de la Ley Orgánica Municipal, excluyendo a los ciudadanos cuyos domicilios fueron constatados fuera de la localidad de Nono, asimismo se procedió a agregar a 46 ciudadanos que se presentaron personalmente con documentación que demostraba que EFECTIVAMENTE viven en Nono desde hace más de 6 meses y aún no figuraban en padrón.


Esta medida fue apelada por la U C R ante el Juzgado Electoral Provincial quien da lugar al recurso de apelación ORDENANDO sea el padrón lleno de irregularidades el que se use en la próxima elección de autoridades municipales el 30 de octubre.


De todo lo anteriormente detallado obran las pruebas y actuaciones en JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL.


La pregunta que surge es ¿por qué la UCR prefiere que voten 10 personas que NUNCA VIVIERON EN NONO en vez de 46 CIUDADANOS que tienen el verdadero derecho de elegir y ser elegidos?


La respuesta también es clara: Los 10, son “VOTOS ASEGURADOS”, personas que deben obediencia, de hecho hay entre ellos algunos con contratos de trabajo con la Municipalidad.


Lo que nos desconcierta es que la Jueza Electoral Provincial posee un “criterio”, sentado desde hace ya muchos años según la jurisprudencia que hemos podido consultar, respecto de que el padrón nacional es el más adecuado a utilizar tanto en una elección nacional, provincial o municipal.. Nosotros podemos demostrar que en este caso ATENTA contra la seguridad jurídica que proclama defender. Según su criterio, si aparece el pato Donald: ¿ hay que dejarlo votar?.


Además en el año 2003, la J E M de Las Rabonas depuró padrón en idéntico procedimiento que en este caso y fue ella misma quien RESOLVIÓ aprobar todo lo actuado.


Entonces, Sra, Jueza, ¿si apelan decide de una forma y si no apelan lo hace de otra?


En Argentina existen leyes con artículos específicos que intentan prevenir las manipulaciones de votantes: -La Ley de Registro Nacional de las Personas Nº 11761 que en su Art. 47 (que figura impreso en el DNI de cada uno), obliga a actualizar el domicilio cada vez que el ciudadano se muda de residencia. -El Art. 137 de la Ley 19945 (Código Electoral nacional), que considera delito penal la declaración de domicilio falso, castigando con prisión de 6 meses a 3 años al que así lo hiciere. Estamos trabajando para que el día de las elecciones todos los fiscales tengamos señalados de antemano a los que han falseado sus declaraciones de domicilios, ya que al ir a votar consumarán un delito federal y se los podría detener allí mismo, o sea que, además de afectar gravemente la transparencia de las elecciones en nuestro pueblo, se pone en riesgo de ir PRESOS a aquellos electores que vengan a votar en Nono con direcciones falsas en su DNI, existiendo una constatación previa y una denuncia penal, que es el próximo paso a realizar.
Flota en la comunidad la fuerte sospecha de que el clientelismo y la inducción de votos mediante las dádivas se extienden a toda la región. Pero esto configuraría, además, el delito de malversación de fondos públicos, que de comprobarse podría enviar a la cárcel tanto a los funcionarios, como a las personas que reciben las cosas en otras localidades porque estarían siendo cómplices necesarios de la maniobra al aceptar materiales de construcción, dinero o hasta albañiles que van a construirles en sus terrenos fuera de Nono, todo pagado desde las arcas municipales de una localidad distinta a donde realmente viven. Eso es un delito muy serio y las penas podrían ser bastante mayores a los tres años, sobre todo si hay algún antecedente en la persona, por lo que tendría cárcel efectiva.


No hacemos esta presentación solamente porque hay que corregir los padrones altamente contaminados de irregularidades, sino para que comience una ola de información y concientización en los ciudadanos de Traslasierra. Lamentablemente, y como suele pasar, los primeros denunciados podrían ser los votantes y no aquéllos que los indujeron a cambiar sus domicilios para luego manipularlos. Por ello se está procediendo a informar a los votantes de la región a través de este prestigioso y efectivo medio.

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